La reducción de la jornada laboral de 2025 era una de las normas más relevantes que el actual Gobierno de España quería ratificar. Para ello estuvieron muchos meses trabajando y parecía que iba a convertirse en una realidad. Además, esta ley iría acompañada de importantes medidas relacionadas. Ahora se han desvinculado y las empresas y todos los trabajadores deben estar pendientes.

¿En qué consiste la reducción de jornada laboral?

Actualmente la jornada laboral en España está establecida en 40 horas semanales. De haberse aprobado esta reducción de jornada, no hubieran podido superarse las 37,5 horas. Y se hubiera mantenido el salario de la actual jornada completa, es decir, no podría haberse reducido.

Desde el Gobierno consideran que las formas de trabajo y la digitalización posibilitan otros procesos y una mayor producción y que, esto, debe significar menos horas de empleo para los empleados y que, así, puedan tener más horas de tiempo libre.

Las horas extras

Todo el tiempo de trabajo que superara las 37,5 horas quedarían reflejadas como horas extraordinarias. Al tener ese carácter, deberían ser pactadas entre la empresa y el empleado. Las horas extra permitidas al año son 80, como está fijado actualmente en el Estatuto de los Trabajadores.

El proceso para su aprobación

La reducción de jornada fue uno de los requisitos que se exigieron para la formación de gobierno en el verano de 2023. Desde inicios de 2024, se fueron sucediendo las reuniones con Yolanda Díaz y Joaquín Pérez Rey, por parte del Ministerio de Trabajo, con los sindicatos y con las organizaciones empresariales. La reducción de jornada y otras medidas vinculadas, como el derecho a la desconexión digital y el registro horario digital, protagonizaron esos encuentros.

No fue posible llegar a un acuerdo con los empresarios y, finalmente, se publicó un anteproyecto de ley sin contar con ellos en la mesa. El ministro de Economía dio el visto bueno y, tras ello, se aprobó la norma en el Consejo de Ministros el pasado mes de febrero.

El siguiente paso era su aprobación definitiva en el Congreso de los Diputados. Sin embargo, la votación no respaldó esta ley y su entrada en vigor deberá esperar.

A su vez, esto provocó que la obligatoriedad del control horario digital, que desde el inicio estuvo ligada a la reducción de jornada, se desvinculara. De hecho, el Gobierno ya aprobó el 30 de septiembre la vía urgente para este nuevo registro de jornada. Así lo publicaron medios como Expansión y RTVE , y la propia Yolanda Díaz lo anunció en su perfil en la red social Bluesky. El nuevo control horario podrá aprobarse por real decreto ley de forma más ágil, saltándose el proceso parlamentario.

Empresas y trabajadores a los que afecta la reducción

Todas las empresas y todos los empleados estarían bajo esta normativa. Así, ningún trabajador podría realizar más de 37,5 horas a la semana, y sería necesario ajustar las nóminas y/o las horas de trabajo. La normal era igual para todas las empresas, pero podríamos encontrar peculiaridades en los contratos de los empleados y convenía conocer cómo tratar cada situación.

Diferentes tipos de trabajadores

Todas eran opciones planteadas para la actual jornada completa. En caso de contar con una jornada intermedia entre ella y las 37,5 horas, se podían aplicar medidas proporcionales.

Trabajadores con una jornada inferior a 37,5 horas

Sería necesario aumentar el sueldo de manera proporcional, tomando como referencia que la jornada completa es de 37,5 horas y no de 40 horas.

Trabajadores con una jornada de 37,5 horas

Se les equipararía el sueldo a la jornada actual completa de 40 horas.

Trabajadores con una jornada superior a 37,5 horas

Se les rebajaría la jornada a un máximo de 37,5 horas, siendo el salario de esa jornada el mismo que actualmente con 40 horas.

Posibilidades para reducir de jornada

No había establecidas unas reglas que hubiera que seguir para plasmar la reducción de jornada. Se planteaban diferentes opciones para compensar ese tiempo de descanso y, siempre, respetando la jornada máxima de 9 horas al día (sin horas extra) y el descanso mínimo por semana y de manera ininterrumpida (día y medio). Siempre, según el Estatuto de los trabajadores. Como venimos comentando, los convenios particulares podrían prevalecer. Con estas premisas, aparecerían opciones como las siguientes.

 

  • Reducción de media hora al día: la reducción se vería plasmada en cada jornada.
  • Alargar el periodo de descanso: generalmente el fin de semana, acortando la jornada del viernes.
  • Más días de vacaciones: las jornadas tendrían la misma duración, pero se generarían más días de descanso.
  • Métodos mixtos: combinar las diferentes opciones en función de los periodos y métodos de producción de la empresa.

Una reducción planificada para 2025

La fecha de entrada en vigor de la reducción de jornada era una incógnita, aunque desde el ejecutivo aseguraban que será una realidad antes de que acabara 2025. Y así parecía que tenía que ser para cumplir el pacto para la formación del gobierno. Y se dieron pasos importantes para ello, como su aprobación en Consejo de Ministros, pero finalmente la ley no consiguió el respaldo en el Congreso de los Diputados.

Sin paso intermedio

Inicialmente estaba planteado un periodo de transición con una reducción paulatina que comenzaría en las 38,5 horas. Si embargo, tras los retrasos en los acuerdos y las desavenencias con los empresarios, la reducción de jornada pasaría a las 37,5 horas semanales de forma directa.

Medidas que acompañaban la reducción de jornada

Desde el Gobierno quieren que el mayor tiempo de descanso sea una realidad y que en todos los casos se cumpla. Para ello, la ley de la reducción de jornada contemplaba una serie de medidas relacionadas. Ahora hay independencia.

El registro horario digital, desvinculado finalmente

Aunque no será una medida supeditada a la reducción de jornada de 2025, el registro de la jornada de los trabajadores sigue sumando requisitos. Ahora, será obligatorio realizar un control horario digital y no solo será recomendable este método en detrimento del fichaje en papel y otros ineficientes. Tiene objetivos como la inalterabilidad de los datos y posibilitar que Inspección de Trabajo pueda acceder a este registro de manera telemática y en cualquier momento. El resumen, las empresas deberán realizar el registro de la jornada con estos requisitos:

  • Método de fichaje o registro digital
  • Accesible de manera remota
  • Control diario de cada turno, con hora exacta de entrada y de salida
  • Datos de la empresa y del empleado
  • Correcto archivado durante al menos cuatro años
  • A disposición de empleados y de sus representantes

Esta medida, como comentábamos, pese a estar inicialmente vinculada a la reducción de jornada, podrá ser aprobada por la vía rápida, a través de un Real Decreto, y sin estar supeditado a la aprobación de la reducción de jornada. Así se ha anunciado desde el Gobierno.

 

Desconexión digital

Las nuevas tecnologías hacen más sencillo el acceso al trabajador a través de los dispositivos móviles, ya sea a través de WhatsApp, del email o de una llamada telefónica. Ante ello, esta ley blindará al empleado. La empresa no podrá tomar represalias contra él en caso de que no responda alguna de estas notificaciones fuera de su jornada laboral.

Es un derecho que actualmente ya existe, pero ahora se busca endurecer las medidas para tratar de asegurar su cumplimiento.

Dudas resueltas sobre la reducción de jornada laboral

Una vez repasado el contenido de este proyecto de formas más extensa y cómo deben tratarlo las empresas, vamos a realizar, a modo resumen, una batería de preguntas y respuestas.

¿Cuántas horas semanales se trabajarían?

De haberse aprobado la reducción, la jornada laboral máxima en España pasaría de 40 a 37,5 horas semanales. Esta reducción no implicaría una disminución del salario, manteniendo los trabajadores el mismo sueldo que percibían con la jornada de 40 horas.

¿La reducción sería progresiva o directa?

La reducción de jornada hubiera sido directa a 37,5 horas semanales sin pasos intermedios. Inicialmente se consideró una transición paulatina, empezando por 38,5 horas pero, tras los diferentes obstáculos que han retrasado la medida, el objetivo era una aplicación directa.

¿Qué pasaría con los empleados que ya trabajan 37,5 horas o menos?

Los trabajadores con una jornada de exactamente 37,5 horas semanales verían aumentada su nómina para equipararla al salario de una jornada completa de 40 horas, según su categoría. Aquellos con menos de 37,5 horas también debían recibir un salario mayor valorando la nueva jornada completa, o bien podrían reducir su número de horas de trabajo para mantener el mismo salario si así lo acuerdan.

¿Se aprobó la reducción de jornada en 2025?

Esta nueva jornada debe aprobaste, ya que es un compromiso del Gobierno. Y, tras su aprobación en el Consejo de Ministros en febrero, el proceso ahora continúa en el Congreso de los Diputados. Sin embargo, ya no podrá aprobarse en 2025. El 10 de septiembre la ley fue rechazada por votación en el Congreso, y ahora el Gobierno tendrá que comenzar un nuevo proyecto. Esto confirma una nueva vía para el registro horario digital, cuyo decreto ley ya ha comenzado a tramitarse tras la negativa a la reducción de jornada.

¿Qué sucedería con las horas extras?

Todo el tiempo de trabajo que superara las 37,5 horas semanales tendrían la consideración de horas extras y deberían ser pactadas entre empresa y empleado. El límite actual de 80 horas extras permitidas al año se mantendría.

¿Se aprobarán otras medidas?

El registro horario digital podrá ser aprobado, de manera independiente, como ya hemos comentado, vía Real Decreto. De hecho, el Gobierno ya ha aprobado la vía urgente. Con la desconexión digital existen más dudas

En definitiva, la reducción de jornada todavía no es una realidad, y tras la negativa en el Congreso deberá esperar. No obstante, conviene que las empresas estén preparadas para ese momento. Con más celeridad para el control horario digital, el cual parece que se aprobará de forma fugaz por decreto ley.