Entre los diferentes modelos de contratos de trabajo en España nos encontramos el contrato a tiempo parcial. Éste es aquel en el que no se alcanzan las 40 horas semanales de la jornada completa o, en su defecto, las que estén estipuladas por convenio. En ningún caso podrá realizarse un contrato parcial inferior a las 10 horas, siendo la modalidad del contrato de 30 horas semanales el más habitual.

El empresario podría elegir esta forma principalmente en actividades con distribución horaria por turnos. De esta manera puede contar con más personas y así ganar flexibilidad para cubrir horarios. Los beneficios pueden superar los costes que supone la contratación de más empleados en lugar de reducir el número de contratos con jornadas completas.

Por otro lado, el trabajador puede elegir esta opción ya que le permite encontrar un equilibrio entre la remuneración económica y su vida personal, donde por ejemplo aparecería el concepto de la conciliación familiar. Puede elegirla inicialmente o solicitar a posteriori una reducción de jornada laboral.

Condiciones especiales del contrato de 30 horas semanales

Todos los contratos laborales a tiempo parcial comparten derechos y obligaciones y, centrándonos en el modelo de 30 horas laborales, podemos ver que podrán llegar a pactarse hasta 39 horas de actividad profesional sumando las horas complementarias. Más adelante veremos por qué. Y, evidentemente, tampoco podrán realizarse nunca menos de 30 horas.

Al igual que en los diferentes contratos, será obligatorio fichar en el trabajo, y el control de horas trabajadas deberá quedar plasmado en un registro horario de los trabajadores.

Claves del contrato a tiempo parcial

A continuación vamos a ver los puntos más relevantes a tener en cuenta a la hora de gestionar un contrato a tiempo parcial. La información completa al respecto puede consultarse en el Artículo 12 del Estatuto de los Trabajadores.

– En un contrato a tiempo parcial no existen las horas extras, si no las horas complementarias. Éstas siempre deberán ser pactadas con anterioridad, y no se realizarán si el trabajador no tiene voluntad. Si hay conformidad por ambas partes, deberá quedar plasmado en un documento por escrito y firmado. Siendo su remuneración la misma que la de las horas ordinarias.

– Y, como siempre, el empleador deberá llevar un control horario de la actividad del trabajador. Debe de quedar todo registrado, tanto las horas ordinarias como las complementarias. Esto puede hacerse mediante una app de fichar en el trabajo o con alguna plantilla de registro horario manual.

– El empresario deberá comunicar la posibilidad de trabajar esas horas complementarias con al menos tres días de antelación.

El trabajador nunca podrá realizar en horas complementarias más del 60% de las que por contrato debe realizar ordinariamente. Por ejemplo, en un contrato de 20 horas semanales, podrán ser hechas como mucho 32.

– El actual punto hace referencia a lo comentado anteriormente sobre el contrato de 30 horas y su máximo de 39 a realizar. El empleado nunca podrán alcanzar el tiempo del contrato de la jornada completa, es decir, 40 horas.

En el contrato deben de quedar plasmadas las horas a realizar, ya sean a la semana, al mes o algo año. También la distribución en la que se van a realizar. Evidentemente, también deberán quedar reflejado un registro horario legal.

– Más allá de las horas, estos contratos tienen las mismas condiciones que en los contratos de jornada completa. Podrá ser indefinido y temporal. Y el empleado tiene los mismos derechos: vacaciones, retribuciones, permisos, etc.

– Una vez que el trabajador está bajo las condiciones de un contrato de jornada completa no se le podrá asignar uno de jornada parcial. Es posible, pero cuando este primero esté de acuerdo con ello.

– El empleado tiene que respetar el contrato firmado, con las horas complementarias firmadas, al menos durante un año. Y, en caso de querer cambiar las condiciones, deberá avisar con al menos 15 días de antelación. Además tendrá que presentar una justificación: estudios, carga familiar, otro trabajo a tiempo parcial, etc.

Es importante tener presentes estas claves de los contratos a tiempo parcial. El empresario, para no actuar de manera errónea y tener un problema judicial; el trabajador, para conocer sus derechos.