Aunque estamos habituados a pensar en las jornadas laborales que transcurren en el lugar de trabajo, lo cierto es que hay trabajos que requieren de viajes o jornadas en movilidad. En estos casos, no podemos contabilizar las horas trabajadas como solemos hacerlo con el resto de personal. ¿Cómo registramos entonces ese horario laboral?
Trabajo en movilidad: qué es trabajo efectivo
En primer lugar es necesario especificar qué se considera tiempo de trabajo efectivo, para distinguir las horas que han de someterse a la nueva normativa de fichaje. Existen varias disposiciones legales que relativas al tiempo de trabajo.
La Directiva 2003/88/CE en su artículo dos regula que se entenderá por tiempo de trabajo “aquel período durante el cual el trabajador permanezca en el trabajo, a disposición del empresario y en ejercicio de su actividad o de sus funciones acorde a la ley o políticas vigentes”.
Según el Estatuto de los Trabajadores, el artículo 34 establece en su apartado número 35 que “el tiempo de trabajo se computará de forma que tanto al inicio como fin de la jornada diaria el trabajador esté en su puesto de trabajo”.
En el caso de tratarse de puestos comerciales, se comprende que los trabajadores están desempeñando su actividad cuando emplean tiempo de desplazamiento desde su domicilio propio a los centros de los clientes. Se debe a que aquellos desplazamientos de empleados sin centro de trabajo fijo y que se dirigen a ubicaciones de clientes son entendidos como instrumento necesario para el desarrollo de la actividad laboral.
Tanto el tiempo de contacto con los clientes, como la inversión de tiempo en los desplazamientos a los sitios donde estos se hallen, se considera que los trabajadores se encuentran en el trabajo. Se comprende que los traslados de un centro a otro son un instrumento necesario sin el cual no se puede completar la ejecución de las funciones o servicios de la entidad. Por ello, el tiempo computado de trabajo no puede limitarse solo a los momentos de interacción directa con los clientes.
¿Cómo fichar fuera del centro de trabajo?
El fichaje de este tipo de empleados se ha de realizar a través de un dispositivo que permita la geolocalización, de este modo podrán efectuar el registro de su jornada desde cualquier punto itinerante mediante un dispositivo móvil. Así también, queda efectuado un registro de las ubicaciones por las que se ha desplazado el trabajador durante sus horas laborales.
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