Fumar en horario laboral es un hábito que, aunque va perdiendo adeptos por motivos de salud, es sencillo ver en las empresas. Esta práctica hay que valorarla junta a la ley de fichar en el trabajo y que, desde 2019, obliga a llevar el registro horario de los trabajadores. Desde entonces puede existir la duda sobre si este tipo de descansos deben estar contemplados y si hay que fichar para fumar o no. Vamos a dar respuesta a ello.

La controversia de fumar en horario laboral

Estos descansos para fumar suelen realizarse fuera de aquellos concedidos por ley a todos los trabajadores. Ese tiempo para fumar en el trabajo puede causar el malestar de quienes no hacen uso de ello ya que, a lo largo del año, pueden acumular muchas más horas de trabajo. Y, por supuesto, tampoco podría ser bien visto por el personal responsable de la empresa.

Fumar en el descanso mínimo establecido por ley no acarrearía ningún problema relacionado con la jornada. Así podría realizarse en los, al menos, 15 minutos que se concede en aquellas ininterrumpidas que exceden las 6 horas.

En otros muchos casos, el tema se trata con normalidad entre los trabajadores y la empresa, y se entiende que fumar en horario laboral no es tan significativo, ya que un empleado que se toma estos breves descansos puede llegar a ser más productivo que quien no tiene esa insana costumbre.

¿Qué dice la ley sobre fichar para fumar?

La obligatoriedad del registro diario de la jornada viene contemplada en el artículo 34.9 de Estatuto de los Trabajadores. Y, para detallar más sobre él y sobre cómo ha de realizarse, el Gobierno aporta una Guía sobre el registro de jornada. Sin embargo, en ninguno de estos documentos oficiales se habla en imperativo acerca de fichar para fumar.

No obstante, se considera “conveniente” el registro de las “pausas diarias obligatorias legal o convencionalmente previstas, o voluntarias, para permitir eludir la presunción de que todo el tiempo que media entre el inicio y finalización de jornada registrada constituye tiempo de trabajo efectivo”.

Resoluciones judiciales

Pese a lo comentado anteriormente, existen diferentes ejemplos donde la justicia ha dado la razón a aquellas empresas que requerían del registro de aquellas pausas fuera de la jornada. Y que, de esta forma, no computen como tiempo de trabajo, teniendo que compensarlo alargando sus jornadas.

Soluciones para fichar para fumar

Como hemos visto, en muchas ocasiones no será necesario, pero la empresa podría exigirlo si desea realizar un total control de entrada y salida del personal. Es conveniente y la justicia respaldará a las empresas. Para ello es existe la opción de contar con un software de registro horario, como Control Laboral.

Con él, la sistema de fichaje será cómodo para los empleados, y la empresa se garantiza la conservación de los registros durante cuatro años y todos los requisitos necesarios para cumplir con la ley. Si lo deseas, puedes probarlo durante 15 días de manera gratuita con Control Laboral.