Los departamentos de las empresas deben planificar diferentes acciones de manera estratégica. Es decir, es conveniente el pensamiento a medio y largo plazo, y para ello será necesario conocer el calendario laboral de 2023, con sus días festivos y sus puentes.
El calendario laboral de 2023
14 días festivos son los que comprende el calendario laboral de 2023 en España. Éstos se completan con dos días a elección de ayuntamientos, 3 que define cada comunidad autónoma, y 9 festivos en común para toda España y que veremos a continuación.
Aunque lo cierto es que son 8 y no 9 las fiestas nacionales no sustituibles. Sucede que el 6 de enero, el cual se permite cambiar por otra festividad por las comunidades autónomas ha sido elegido como festivo por todas.
Días festivos en 2023
El primer festivo que podemos encontrar es el día 6 de enero, correspondiente a la Epifanía del Señor o Día de Reyes). Habrá que esperar dos meses para encontrar un festivo común a nivel estatal. Será el 7 de abril como Viernes Santo. Después el 1 de mayo, Día del trabajador.
En el último semestre del año encontramos seis jornadas festivas. La primera el 15 de agosto, Día de la Asunción de la Virgen. Tras él, el 12 de octubre con el Día de la Hispanidad, y el 1 de noviembre por el Día de Todos los Santos.
Ya en diciembre vemos hasta un total de tres festivos. Dos en la misma semana, que son el día 6 (Día de la Constitución) y el día 8 (Inmaculada Concepción). Por último, el lunes 25 es Navidad.
Puentes de 2023
Al igual que sucede con los días festivos, los puentes disponibles no son los mismos para toda la geografía española. Depende de convenios colectivos y sectores. Así, por ejemplo y como norma general, en el sector de la educación se disfrutarán de más puentes que en la hostelería.
Los comunes serán los siguientes:
– Puente de Reyes: 6 de enero (viernes)
– Puente de Semana Santa: 7 de abril (viernes)
– Puente de mayo: 1 de mayo (lunes)
– Puente de la Inmaculada: 8 de diciembre (viernes)
– Puente de Navidad: 25 de diciembre (lunes)
Días festivos más elegidos por comunidades
Como venimos diciendo, existen tres días festivos a elección de las comunidades autónomas. Estos pueden corresponder a festividades propias o a elección de días considerados de relevancia nacional. En este último caso, podemos distinguir el 2 de enero y la Semana Santa.
¿Es festivo el 2 de enero?
El 1 de enero de 2023 es domingo, por lo que algunas administraciones regionales han decidido otorgar el 2 como festivo. Además, es un día que en España se celebra el día de la Toma de Granada.
Las comunidades autónomas en las que el día 2 es festivo son Andalucía, Aragón, Asturias, Castilla y León y Murcia.
¿Qué festivos hay por semana Santa?
En Semana Santa, algunas comunidades eligen el Jueves Santo, mientras que otras conceden el Lunes de Pascua.
El 6 de abril, Jueves Santo, será festivo para Andalucía, Aragón, Asturias, Baleares, Canarias, Cantabria, Castilla-La Mancha, Castilla y León, Extremadura, Galicia, Comunidad de Madrid, Murcia, Navarra, País Vasco, La Rioja, Ceuta y Melilla.
Por otra parte el 10 de abril, Lunes de Pascua, lo disfrutarán como festivo en Andalucía, Aragón, Asturias, Baleares, Canarias, Cantabria, Castilla-La Mancha, Castilla y León, Extremadura, Galicia, Comunidad de Madrid, Murcia, Navarra, País Vasco, La Rioja, Ceuta y Melilla.
¿Qué ley rige los días festivos en España?
En España, los descansos vienen reflejados en el Real Decreto 200/1983, de 28 de julio, sobre regulación de la jornada de trabajo, jornadas especiales y descansos. Dentro del Título V (Descanso semanal y fiestas), encontramos “las fiestas laborales de ámbito nacional”, y las divide de la siguiente manera:
- De carácter cívico: Fiesta Nacional de España, Día de la Constitución Española.
- De acuerdo con el Estatuto de los Trabajadores: Año Nuevo, Fiesta del Trabajo, Natividad del Señor.
- En cumplimiento del Acuerdo de 1979 con la Santa Sede: Asunción de la Virgen, Todos los Santos, Inmaculada Concepción, Viernes Santo, Jueves Santo, Epifanía del Señor, San José (o Santiago Apóstol).
Además vienen plasmadas otras condiciones especiales, como las opciones de las comunidades autónomas. También los dos días festivos para otorgar “con carácter de fiestas locales”.